En la víspera, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley 007, que incorpora los numerales 17, 18 y 19 en el Artículo 8 de la Ley 064 de la Procuraduría General del Estado, y los parágrafos V y VI en el Artículo 23 de la misma norma, además de la inclusión de tres disposiciones transitorias, dos disposiciones adicionales y cinco disposiciones derogatorias.
Señala las competencias específicas de la Procuraduría y el registro de antecedentes de abogados que prestan asesoramiento jurídico en entidades públicas del Estado, creándose, para el efecto, el Registro de Abogados del Estado (RAE), además de la creación de un registro permanente y actualizado de los procesos judiciales y administrativos de la administración pública denominado Registro Obligatorio de Procesos del Estado (ROPE).
Para que la Procuraduría participe como sujeto procesal de pleno derecho, la autoridad jurisdiccional deberá notificar con todas las actuaciones judiciales directamente a las direcciones desconcentradas departamentales de la entidad en el distrito judicial que corresponda, para que asuman oportunamente la defensa de los intereses del Estado.en la Defensa del Estado.
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